Notas críticas

 

Consumo sustentable como derecho-obligación para disfrutar de un medio ambiente sano

 

Luis F. Beltrán Morales*

 

* Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste. Se le puede enviar correspondencia a apartado postal no. 128, La Paz, B. C. S., México, C. P. 23000, tel. 01(612) 5-36-33, ext. 3841, fax: 01(612)3-27-60. Correo electrónico: lbeltran@cibnor.mx

 

Hablar de consumo sustentable significa no perder de vista que millones de personas no tienen acceso ni siquiera a un consumo mínimo básico. Por ello, más que llamar a consumir menos, la promoción del consumo sustentable debe estar dirigida a convocar a la población a consumir de forma diferente.

Según el informe del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el consumo de bienes y servicios alcanzó los 24 billones de dólares en 1998, seis veces más que la cifra de 1975. El 86 por ciento de este consumo mundial correspondió a sólo el 20% de la población del planeta y, contrariamente, el 20 por ciento de la población más pobre sólo consumió el 1.3 por ciento de los bienes producidos. De los aproximadamente 4,400 millones de habitantes de países en desarrollo casi tres quintas partes viven en comunidades sin vivienda y aproximadamente una quinta fuera del alcance de servicios de salud adecuados (PNUD, 1998).

La intención de esta nota es hacer un análisis acerca del consumo sustentable, el papel de los acuerdos e instituciones internacionales, las instancias gubernamentales, así como el punto de vista de las organizaciones no gubernamentales al respecto.

El consumo sustentable busca concientizar sobre la importancia y consecuencias que tienen para el medio ambiente y la salud cada una de nuestras elecciones en el consumo.

El derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado ha sido planteado por varios autores como un derecho subjetivo (Delgado, 1993:62; Pinar Díaz, 1995:16). Aunque existen posiciones doctrinales encontradas, la tesis que considera el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado como un derecho subjetivo ha sido ampliamente defendida (Velasco, 1994:22-26).

Hablar de retos en el derecho ambiental, en cuanto al derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado, es hablar de estrategias, de elementos estructurales y líneas futuras de acción.

Desde la conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y Desarrollo, realizada en Río de Janeiro en el año 1992, políticos, científicos, organizaciones no gubernamentales, universidades y otras instituciones adquirieron una serie de compromisos para mantener y mejorar los niveles de calidad ambiental. El instrumento internacional derivado de la cumbre de Río se denominó Agenda 21 (1992) y trata sobre las estrategias que cada país debe poner en práctica para tender hacia el desarrollo sustentable.

Es en el capítulo IV de la Agenda 21, "Cambio en los patrones insostenibles de producción y consumo", donde se señalan los principales objetivos en cuanto al consumo sustentable que la comunidad internacional se comprometió a cumplir y tener muy presente. Entre estos se encuentran la necesidad de promover modalidades de consumo, reducir las tensiones a que se somete el medio ambiente, satisfacer las necesidades básicas de la humanidad, mejorar la comprensión de la función que desempeña el consumo y la manera de originar modalidades de consumo más sostenibles que los países en desarrollo deben tratar de establecer en sus procesos de desarrollo, modalidades de consumo sostenibles que garanticen la satisfacción de las necesidades básicas de la población más pobre, evitando las modalidades de consumo insostenibles que por lo general se consideran particularmente nocivas para el medio ambiente.

Asimismo, se pretende desarrollar nuevos conceptos de riqueza y prosperidad que permitan mejorar los niveles de vida mediante el cambio de los estilos de vida, dependiendo menos de los recursos finitos de la tierra y que estén más en armonía con la capacidad de ésta (Van Brakel, 1996:22-23).

Como medidas concretas tendientes al consumo sustentable, el grupo de países, entre ellos México, se comprometieron principalmente a:

1. Fomentar el reciclaje a nivel de procesamiento industrial y del consumidor.

2. Reducir el material innecesario de envase y embalaje.

3. Fomentar la introducción de productos más racionales desde el punto de vista ecológico.

4. Brindar asistencia a personas y familias para que adopten decisiones de compra ecológicamente racionales.

5. Fijar precios ecológicamente racionales.

6. Utilizar instrumentos económicos adecuados con el fin de influir en el comportamiento del consumidor, como gravámenes e impuestos ambientales, sistemas de pago y reembolso de depósitos.

7. Fomentar y apoyar políticas educativas orientadas al consumo sustentable.

En ese mismo sentido, cinco años después, la Oficina Regional de Consumers International para América Latina y el Caribe realizó un informe por encargo del Consejo de la Tierra, el cual fue presentado en las jornadas de evaluación de la Cumbre de la Tierra, Río +5, en la ciudad de Río de Janeiro entre el 13 y el 19 de marzo de 1997.

En este informe se presentó una evaluación de los acuerdos de Río desde el punto de vista de las organizaciones de consumidores de América Latina y el Caribe, en particular los referidos al capítulo cuarto de la Agenda 21, identificando los avances y haciendo propuestas en torno a ese tema.

El informe se realizó con base en una encuesta elaborada por la Oficina Regional de Consumers International, que contó con la participación de diferentes organizaciones de consumidores y ambientalistas de América Latina y el Caribe. Las organizaciones que participaron fueron la Procuraduría Federal del Consumidor, de México (PROFECO); Asociación Mexicana de Estudios para la Defensa del Consumidor (AMEDC, A. C.); Servicio Nacional del Consumidor, de Chile (SERNAC); Consumers Advisory Bureau, de Guyana;Ministry of Consumers Affair, de Trinidad y Tobago; Casa de la Paz, de Chile; Corporación Participa, de Chile; Agency for Rural Transformation LTD, de Granada; Comité de Defensa del Consumidor, de Bolivia (AIS-CODECO); Consumidores Argentinos, Acción del Consumidor Argentina (ADELCO) y Centro de Estudios y Análisis del Uruguay (CEADU).

El informe se dividió en tres partes: a) síntesis de los acuerdos de la Cumbre de Río referidos al consumo; b) las preguntas contenidas en el cuestionario enviado y sus respuestas, y c) las conclusiones y recomendaciones.

Se concluyó que a nivel de Estado se puede constatar que a pesar de que en todos los países representados en la encuesta existen organismos responsables del diseño de políticas ambientales nacionales, en ninguno existe una política coherente y estructurada destinada a la promoción de un consumo sustentable, racional y acorde con las necesidades ambientales. En los países donde existen Consejos de Desarrollo Sustentables, el tema del consumo sustentable todavía no ha logrado ser una materia relevante.

En los países que cuentan con entidades estatales de protección al consumidor, se han iniciado campañas educativas que cubren ámbitos como el ahorro de energía, los problemas derivados de ciertos productos que dañan la capa de ozono, el reciclaje de vidrios, papel, envases, el destino final de pilas y baterías. Sin embargo, estos no han obtenido resultados muy alentadores.

Del mismo modo, algunas de estas entidades estatales han comenzado a integrar aspectos ambientales en las leyes de protección al consumidor, aunque modestamente. Los organismos estatales encargados de la parte agrícola también tienen disposiciones legales en cuanto al uso de los plaguicidas y pesticidas que han sido prohibidos por acuerdos internacionales.

En algunos países se empieza a pensar en la necesidad de estimular el transporte público por encima del privado y paralelamente incentivando el uso de gasolina sin plomo y de catalizadores. Otra de las conclusiones importantes fue que aun cuando existe una preocupación por parte de los organismos del Estado por el tema, no hay en ninguno de los países encuestados una política estatal dirigida a estimular de manera coherente y estructurada un cambio en los patrones de consumo de la población.

De los países estudiados, fue en Guyana y Trinidad y Tobago donde se observó un mayor compromiso del Estado con iniciativas tales como la educación a los consumidores, la creación de estándares ambientales y el reciclaje.

Por su parte, las propuestas de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) derivadas de la participación ciudadana (Consumers International, 1997), en cuanto al consumo sustentable, fueron las siguientes:

1. Impulsar la participación de la ciudadanía mediante la organización de grupos de consumidores, apoyando sus estrategias y programas de educación y capacitación para el cambio en los patrones de producción y consumo.

2. Realización de reuniones públicas de reflexión acerca de los hábitos insostenibles de consumo que sirvan para promover debates nacionales al respecto.

3. Realizar campañas para evitar el uso de productos dañinos o no reciclables.

4. Establecer políticas destinadas a favorecer a las empresas que protejan el medio ambiente y penalizar a las que lo perjudiquen mediante una legislación eficaz.

5. Presionar a los gobiernos para que tomen la iniciativa en estos temas.

6. Apoyar y difundir las iniciativas públicas y privadas que se hagan al respecto.

7. Apoyar a las organizaciones de consumidores para que realicen investigaciones acerca de los hábitos de consumo de la población.

8. Denunciar los hechos que atenten contra el medio ambiente desde la perspectiva del consumo.

9. Generar los mecanismos que permitan la promoción de sellos ambientales que cuenten con respaldo técnico y credibilidad social.

Finalmente, podemos concluir que sólo reducciones en el consumo de países desarrollados, en mayor medida, y subdesarrollados harán posible albergar, vestir, alimentar, sanar y educar a la gente sin afectar drástica e irreparablemente la capacidad del mundo natural de sostener la vida y la calidad de la misma. No estaría de más la creación de órganos de evaluación administrativa abiertos a la participación ciudadana dirigidos y encargados de formular propuestas orientadas al consumo sustentable y de la evaluación y aplicación realista de la legislación correspondiente.

Es necesario desarrollar criterios y métodos para evaluar los efectos sobre el medio ambiente del consumo insustentable. Los resultados de esa evaluación deben expresarse en forma de indicadores claros a fin de poder informar a los consumidores y a los encargados de tomar decisiones.

 

Bibliografía

Agenda 21 (1992), Cumbre de la Tierra. Conferencia de las Naciones Unidas para Desarrollo y Medio Ambiente, Río de Janeiro, Brasil, junio.

Consumer International (1997), Informe anual, Chile, Oficina Regional para Latinoamérica y el Caribe.

Delgado Piqueiras, Francisco (1993), Régimen jurídico del derecho constitucional al medio ambiente, Cuaderno Universitario de la Universidad Complutense, p. 62.

Pinar Díaz, Manuel (1995), "El derecho de la persona del medio ambiente en la jurisprudencia del tribunal supremo", Actualidad Administrativa, no. 18, p. 16.

PNUD (1998), Informe sobre el consumo para el desarrollo humano, México, Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.

Van Brakel, Manus (1996), Si tuviéramos bastante espacio, Nuestro Planeta PNUMA (Naciones Unidas), no. 6, pp. 22-23.

Velasco Caballero (1994), El medio ambiente en la Constitución, España, Serie Universidad de Barcelona, pp. 22-26.